La discusión sobre el salario mínimo volvió a ser noticia el jueves 19 de febrero, luego que el mandatario Gustavo Petro, junto con el ministro del Trabajo, firmaran el nuevo decreto que fija el valor del salario mínimo para este año. Este pronunciamiento se dio luego del pronunciamiento del Consejo de Estado, que solicitó la revisión del decreto del aumento del salario mínimo vital.
La ratificación del incremento del 23.7% se conoció durante la reunión del Jefe de Estado en la Plaza de Bolívar, establecido en diciembre de 2025 y ahora justificado. Con esta firma, Petro busca cumplir lo acordado con el alto tribunal.
Durante la presentación, Petro anunció que el decreto no cambió, dejando claro que el valor del salario mínimo vital se mantiene con el valor de $2.000.000, incluyendo el subsidio de transporte.
“El salario mínimo legal mensual vigente es el mismo que decretamos en el mes de diciembre de 2025. No echamos para atrás”, declaró.
Luego, explicó que este porcentaje da cuenta del cumplimiento de la meta del gobierno que evidencia un avance para la población colombiana.
¿Qué sigue en el proceso del salario mínimo?
Tras la decisión del Consejo de Estado solicitándole al gobierno la expedición de un nuevo decreto que cumpliera con la ley, el presidente Petro, al firmarlo el día 19 de febrero, cumplió con lo establecido por el orden judicial, asegurando que esta normativa cuenta con soporte jurídico y con los lineamientos solicitados por el alto tribunal.
Cabe destacar que para los trabajadores el salario sigue sin modificaciones ni reducciones. Lo que hace es repetir el decreto y corregir el procedimiento para que esté acorde con lo solicitado por el Consejo de Estado.
Según los conocedores en el ámbito jurídico, el decreto se convierte así en normativa vigente y avala el valor del salario mínimo para todo el territorio nacional. Pese a que se reafirmó este porcentaje, el mandatario no informó sobre las modificaciones que hizo o los ajustes.
El siguiente paso es la aplicación formal del decreto, pero para ello, el máximo tribunal debe revisar los cambios y la legalidad del nuevo acto administrativo.












