El Tribunal Superior de Antioquia negó por improcedente una acción de tutela que buscaba obligar al Consejo Nacional Electoral (CNE) a permitir la participación de Iván Cepeda en la consulta del Frente por la Vida programada para el 8 de marzo. La Sala Civil y de Familia concluyó que no había lugar a un pronunciamiento de fondo debido a un hecho sobreviniente: el propio precandidato manifestó su renuncia a ese mecanismo.
La tutela contra el CNE y los derechos invocados
La acción fue presentada por el ciudadano Édgar Alberto Vargas González, quien cuestionó la decisión del CNE de excluir a Cepeda de la consulta. En su argumento, sostuvo que el organismo electoral actuó de manera antidemocrática, sesgada y sin una justificación jurídica clara.
El tutelante solicitó la protección de derechos fundamentales como la participación democrática, el debido proceso y la confianza legítima en el proceso electoral, al considerar que la determinación del CNE afectaba garantías constitucionales.
El desistimiento de Cepeda cambió el panorama jurídico
Sin embargo, el Tribunal advirtió que la situación jurídica se modificó tras la radicación de la tutela. En el fallo, de cinco páginas, se explicó que el senador Iván Cepeda y el movimiento Pacto Histórico manifestaron de forma expresa su decisión de no participar en la consulta del 8 de marzo.
De acuerdo con la providencia, esa determinación dejó sin objeto el estudio de fondo del caso. El alto tribunal indicó que no tendría sentido analizar la viabilidad de la decisión del CNE cuando el propio interesado declinó continuar en ese escenario electoral.
“Carencia actual de objeto”: la razón del fallo
El Tribunal señaló que no puede ordenar la participación electoral de un candidato en contra de su voluntad política, más aún cuando este optó por enfocar su aspiración directamente en las elecciones presidenciales previstas para el 31 de mayo.
Por esa razón, declaró la carencia actual de objeto por hecho sobreviniente, figura jurídica que aplica cuando los motivos que originaron la acción desaparecen antes de que se adopte una decisión de fondo.
Contexto electoral: consultas del 8 de marzo
La decisión se conoce en medio del calendario electoral. Recientemente, la Registraduría Nacional del Estado Civil publicó el tarjetón oficial para las consultas presidenciales del 8 de marzo, jornada clave en la definición de candidaturas.
Con este fallo, queda en firme que Iván Cepeda no hará parte de la consulta del Frente por la Vida y concentrará su estrategia en la primera vuelta presidencial.












