El presidente Gustavo Petro presentó un documento formal ante la Corte Constitucional con el objetivo de que el alto tribunal revalúe la suspensión del Decreto 1390 de 2025, mediante el cual se declaró la Emergencia Económica en el país.
El jefe de Estado fundamenta su petición en la aparición de nuevas circunstancias que, desde su perspectiva, deben ser integradas de manera urgente al análisis jurídico que adelantan los magistrados para garantizar la atención de los sectores más vulnerables.
Hechos sobrevinientes: el argumento de Petro ante la Corte
En el texto radicado, el mandatario expone que la situación que dio origen a la declaratoria de emergencia ha evolucionado de forma negativa desde el momento en que se adoptó la suspensión de la norma. Petro advierte que la crisis humanitaria ya no representa una advertencia de un riesgo futuro, sino que se ha transformado en una tragedia en curso que exige una respuesta inmediata del Estado.
El documento enfatiza que el Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres trabaja de manera coordinada, pero requiere de las herramientas extraordinarias del decreto para actuar con eficacia.
El Ejecutivo sostiene que el análisis de la Corte Constitucional no debe limitarse exclusivamente a las condiciones que existían al momento de expedir el decreto original. Por el contrario, la Presidencia argumenta que el estudio de constitucionalidad debe considerar la gravedad creciente de los factores sociales y económicos que afectan el interés general.
Desde la perspectiva de la Casa de Nariño, estas circunstancias refuerzan la necesidad de mantener vigentes las facultades excepcionales para enfrentar la coyuntura y proteger el funcionamiento de los distintos sectores del país.
El futuro del Decreto 1390 de 2025 en el alto tribunal
La solicitud concluye con un llamado respetuoso a los magistrados para que levanten la medida cautelar y permitan que el Gobierno Nacional disponga de los recursos y mecanismos necesarios para intervenir frente a la emergencia. Ahora, la Corte Constitucional deberá determinar si estos “hechos sobrevinientes” son suficientes para modificar su postura inicial, mientras continúa con la revisión de fondo para verificar si el decreto se ajusta a los límites establecidos por la Constitución Política de Colombia.










