Un juez de la República ordenó cinco días de arresto contra Felipe Harman, director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), y contra la secretaria general de la entidad, Ángela Lorena Ortiz, al considerar que incumplieron una orden judicial derivada de una tutela presentada por la senadora Paloma Valencia.
La decisión incluye además una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, que deberá pagarse en un plazo máximo de diez días tras quedar en firme la providencia.
La solicitud que originó el proceso
El caso se remonta a un derecho de petición presentado por la congresista para obtener información sobre la presunta compra del predio Peñasgordas, ubicado en Dagua, en el departamento del Valle del Cauca.
Según los cuestionamientos planteados, el terreno estaría ocupado por comunidades campesinas desde hace varios años, lo que generó dudas sobre la legalidad o pertinencia de una eventual adquisición por parte de la Agencia Nacional de Tierras.
El plazo judicial que no se cumplió
De acuerdo con el expediente, el 16 de diciembre de 2025 una jueza ordenó a la entidad responder el derecho de petición en un plazo máximo de 48 horas luego de la notificación del fallo de tutela en primera instancia.
Sin embargo, tras revisar el cumplimiento de la orden, el despacho judicial concluyó que la respuesta no fue entregada dentro del término establecido, lo que configuró el desacato.
Más de 50 días sin respuesta
En la providencia se señala que, una vez identificados los responsables de ejecutar la orden judicial, se evidenció que el plazo había sido superado ampliamente.
Según el documento, transcurrieron 53 días hábiles desde la notificación del fallo sin que se acreditara el cumplimiento, lo que llevó al juez a considerar que existía una mora evidente en acatar la decisión judicial.
Arresto y multa para los funcionarios
Ante el incumplimiento, el juez resolvió imponer cinco días de arresto tanto al director de la ANT como a la secretaria general de la entidad, además de la sanción económica.
La decisión también establece que el valor de la multa deberá cancelarse dentro de los diez días siguientes a la ejecutoria de la providencia.












