El Consejo de Estado decretó, este viernes 13 de febrero, la suspensión de manera temporal de los efectos del decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, que expidió el gobierno, mediante el cual fijó el valor del salario mínimo para el año 2026 en $1. 750.905, sin el subsidio de transporte. Al incluir este ítem, quedó cerrado en $2.000.000 de pesos.
En su pronunciamiento le da al gobierno un plazo de ocho días para que cree un nuevo decreto con criterios legales que tenga en cuenta el Índice de Precios al Consumidor, la inflación y la productividad del país.
“Decretar la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del decreto 1469 (…) expedido por el presidente de la República y los ministros de Trabajo y Hacienda y Crédito Público (…) Además, en el plazo de ocho días se deberá realizar y expedir un decreto”, declaró el alto tribunal.
La decisión del tribunal
La sección Segunda del alto tribunal llegó a acumular diecisiete demandas contra la norma que solicitaba que el salario mínimo no podía extenderse en un 23% superior al del año pasado. El consejero ponente fue Juan Camilo Morales Trujillo, autor de la medida, quien analizó los argumentos de una veintena de acciones de nulidad y de medidas de carácter provisional solicitando la suspensión, así como el pedido de que el Ejecutivo publicara un nuevo decreto.
El autor de esta medida aseguró que los efectos de la suspensión “se harán efectivos únicamente a partir de la fecha en que se publique”, es decir, dentro de los ocho días siguientes, que podría extenderse hasta 10 días, y mientras eso ocurre, la anterior normativa queda aún vigente.
Las sanciones
Según declaró el magistrado Morales, indicó que si el gobierno no expide un nuevo decreto, se expondrá a varias sanciones. Con respecto a los cambios que realizaron los conjuntos residenciales para el aumento en sus cuotas, el funcionario declaró que estos pagos se realizaron o pagaron con anterioridad a la publicación del nuevo acto administrativo, por lo que continúan vigentes.
Esto indica que no habrá devolución de dineros porque no tiene efectos retroactivos dado que ya “está pagado y no deberá ser reintegrado”, explicó.
En cuanto al pago del salario, según expertos, serían a futuro y a partir de la fecha en que sea efectivo el nuevo decreto. No obstante, deberá quedar detallado los criterios económicos que se emplearán para efectuar los nuevos pagos.
El Consejo de Estado recalcó que el salario mínimo debe ser ajustado a la norma porque, de no cumplirse, dice el alto tribunal, “se vulnera la especial protección del trabajo” y esta debe tener una rigurosa justificación técnica.











