El Tribunal Superior de Bogotá ordenó al Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional de Colombia posesionar nuevamente a José Ismael Peña como rector, en un fallo de 27 páginas que le concede 48 horas a la institución para hacer efectiva la decisión.
La determinación, adoptada por la Sala Laboral del alto tribunal, revocó la sentencia emitida en primera instancia por el Juzgado 46 Laboral del Circuito de Bogotá, que había negado la acción de tutela presentada por Peña.
El amparo a los derechos fundamentales de José Ismael Peña
En la providencia, el Tribunal resolvió conceder el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo y al acceso a cargos públicos de José Ismael Peña Reyes.
El fallo ordena al Consejo Superior Universitario adoptar, en un plazo máximo de 48 horas tras la notificación, las medidas necesarias para garantizar que Peña ejerza el cargo de rector, conforme al Acta 05 del 21 de marzo de 2024.
La Sala consideró que la universidad hizo una interpretación errónea del alcance de una decisión previa del Consejo de Estado, que había analizado la legalidad del proceso de elección.
Tribunal cuestiona interpretación del Consejo Superior
Según el Tribunal, el Consejo Superior entendió de manera inadecuada el fallo del 4 de septiembre de 2025. En esa providencia, el Consejo de Estado aclaró que el control de nulidad electoral solo define la legalidad de la elección, sin que ello implique automáticamente el restablecimiento en el cargo.
La Sala enfatizó que Peña no solicitaba un restablecimiento derivado de la sentencia electoral, sino el cumplimiento de un acto de elección vigente que no fue anulado. Por ello, interpretar que existía una prohibición jurídica para posesionarlo fue, en criterio del Tribunal, una conclusión que no se desprendía del fallo.
La magistrada ponente, Luz Marina Ibáñez, también subrayó que la autonomía universitaria no autoriza desconocer actos administrativos vigentes ni omitir sus efectos mediante decisiones posteriores que no hacen parte de un control judicial.
Decisiones previas del Consejo de Estado
Este nuevo fallo se da en el contexto de dos decisiones anteriores del Consejo de Estado:
Declaró válido el nombramiento de José Ismael Peña Reyes como rector.
Declaró nula la designación de Leopoldo Múnera.
Estas determinaciones sirvieron de base para la nueva acción constitucional que terminó siendo favorable al profesor Peña en segunda instancia.
La tutela que había sido negada en primera instancia
En diciembre de 2025, el Juzgado 46 Laboral del Circuito de Bogotá negó la tutela interpuesta por Peña, al concluir que no se había demostrado vulneración de sus derechos fundamentales.
En esa decisión, el juez sostuvo que no existían pruebas suficientes de que la Universidad Nacional o su Consejo Superior hubieran transgredido el debido proceso, el derecho al trabajo o el acceso a cargos públicos en condiciones de igualdad.
Peña argumentaba que fue apartado del cargo mediante un acto administrativo del 21 de marzo de 2024, pese a que la Sección Quinta del Consejo de Estado había reconocido la validez y carácter vinculante de su designación.
¿Qué sigue para la Universidad Nacional?
Con este nuevo fallo del Tribunal Superior de Bogotá, el Consejo Superior Universitario deberá actuar en un plazo perentorio de 48 horas para permitir el ejercicio efectivo del cargo por parte de José Ismael Peña.
La decisión reabre un capítulo clave en la crisis institucional de la Universidad Nacional y marca un precedente sobre los límites de la autonomía universitaria frente al cumplimiento de d
ecisiones judiciales.












