La Corte Constitucional devolvió al Congreso la reforma pensional del gobierno Petro, la cual fue aprobada el año pasado en el Congreso. Esta fue demandada debido a que la Cámara de Representantes, supuestamente, se saltó debates y acogió el texto del Senado para evitar que la iniciativa se hundiera, ya que no contaban con el tiempo suficiente.
A raíz de esta irregularidad, los magistrados argumentaron que la reforma pensional violó la norma de aprobación de una ley, pero determinaron que este vicio podía ser subsanado y corregido para evitar el hundimiento del proyecto. Por ello, devolvió el texto a la Cámara para el respectivo ajuste.
Por tanto, la plenaria deberá discutir esta reforma pensional en un plazo máximo de 30 días. Cuando fue aprobada por el Congreso, se estableció que la reforma entraría en vigencia el próximo 1 de julio. No obstante, la corte suspendió ese plazo, a la espera de que se tramite de manera adecuada y se corrijan los vicios. En consecuencia, el Capitolio daría una nueva fecha para la aplicación de la norma.
“El Congreso, en el marco del trámite legislativo correspondiente, podrá definir un término nuevo de entrada en vigencia integral de la ley 2381”, puntualizó el tribunal constitucional.
¿Qué queda vigente de la reforma pensional?
Según los magistrados, solo dos partes de la ley siguen operando mientras tanto: la que permite el cambio por primera vez del régimen privado al público para personas que están a menos de 10 años de adquirir su pensión y el sistema de pilares que organiza el acceso a la pensión.
Para cumplir con los tiempos, el ministro del Interior, Armando Benedetti, anunció que el Gobierno convocará a sesiones extras para sacar adelante los ajustes de la reforma pensional.