Las entidades bancarias deberán permitir la apertura de cuentas y el desarrollo de trámites financieros a las personas con antecedentes penales. Así lo determinó la Corte Constitucional, que hizo un fuerte llamado de atención a Bancolombia y Davivienda, dos de los bancos con más clientes en el país.
Mediante la sentencia T-113 de 2025, la Corte exhorta a estas entidades a permitir que usuarios con antecedentes penales o exconvictos, abran cuentas de ahorro y realicen otras operaciones. A su vez, solicita a la Superintendencia Financiera estructurar una hoja de ruta que señale los requerimientos que deben cumplir estos usuarios.
“Se ordenó a la Superintendencia Financiera expedir una circular con lineamientos claros sobre el acceso financiero de personas con antecedentes penales, para asegurar un equilibrio entre la prevención de riesgos y la garantía de acceso al sistema financiero”, se lee en el documento.
La Corte argumenta que excluir a estos usuarios del sistema financiero con base en los antecedentes penales, dificulta su reintegración a la sociedad y, además, perpetúa la marginación frente a los beneficios que trae este mercado.
Además, la Corte Constitucional hace una salvedad frente a las personas que actualmente afrontan procesos penales. Para estos casos, los usuarios deberán obtener el derecho de presunción de inocencia.
Se espera que, en los próximos días, la Superintendencia Financiera elabore el documento para que las personas con antecedentes penales y expresidiarios puedan acceder a la bancarización.