Este 26 de diciembre, el Senado sesionó de manera extraordinaria para iniciar control político al decreto de emergencia económica y social firmado por el gobierno de Gustavo Petro el 22 de diciembre. La reunión virtual, convocada por el presidente del Congreso, Lidio García, buscaba revisar las motivaciones y pasos adoptados por el Ejecutivo ante la controversia entre las ramas del poder.
Los acuerdos alcanzados en la sesión extraordinaria
La plenaria del Senado aprobó una proposición para citar al Gobierno Nacional a un debate de control político, con el fin de que entregue explicaciones sobre la declaratoria de emergencia económica y social.
Además, se dio luz verde para que varios ministros del gabinete comparezcan ante la corporación, ampliando así el alcance de las interpelaciones al Ejecutivo sobre las medidas adoptadas en el marco de esta emergencia.
Posición del Senado
El presidente del Congreso, Lidio García, defendió la convocatoria aun en receso legislativo: recordó que las funciones de control político no se suspenden por vacaciones y que corresponde al Legislativo verificar medidas que afectan la conducción fiscal y económica del país. García anticipó que en los próximos días se dará a conocer la fecha del debate.
“Quiero que sepan que no hay vacas muertas, es nuestro derecho constitucional estar o no de acuerdo con las iniciativas”, afirmó el presidente del Senado durante la sesión.
Críticas desde la oposición
Varios senadores, sobre todo de la oposición, han cuestionado la validez constitucional del decreto. Alegan que la declaratoria carece de un hecho extraordinario e imprevisto, requisito exigido por la Constitución para estados de excepción, y denuncian que el Gobierno estaría tratando de eludir el debate legislativo para imponer medidas económicas. El congresista Carlos Fernando Motoa (Cambio Radical) fue uno de los promotores del control político y ha señalado la insuficiente motivación del decreto.
Argumento del Ejecutivo sobre el procedimiento
Desde el Gobierno, el ministro del Interior Armando Benedetti recordó que, según el artículo 215 de la Constitución y la Ley 137 de 1994, el Congreso no puede iniciar formalmente la revisión del estado de emergencia hasta que reciba del Ejecutivo un informe que motive la declaratoria y detalle las medidas adoptadas. A juicio del Ejecutivo, esa documentación aún no ha sido presentada, lo que, según su interpretación, condiciona el inicio formal del debate técnico.
Un pulso institucional con alcance nacional
La disputa por la emergencia económica ha trascendido la simple diferencia política: involucra criterios jurídicos sobre la procedencia del estado de excepción y preocupa por sus efectos sobre la gestión fiscal luego de la caída de la reforma tributaria. Para la oposición, la falta de un hecho sobrevenido que altere de forma inmediata el orden económico limita la legitimidad de la declaratoria; para el Legislativo, corresponde ejercer control y transparencia sobre decisiones que afectan recursos y políticas públicas.










