Este caso de evasión en el pago de la cuota de alimentos ocurrió en Argentina, donde un juez resolvió que un hermano del padre de los menores debía asumir la cancelación de la cuota de alimentos de sus sobrinos ante el incumplimiento de este.
De acuerdo con el juez, la aplicación de la medida fue posible debido a la normativa de “principio de solidaridad familiar”.
¿Cómo sucedió este caso?
La solicitud por alimentos se originó debido al divorcio de la pareja en el año 2023. En el 2024, un tribunal fijó una cuota por alimentos. No obstante, según el juzgado, el padre no cumplió con su compromiso pese a tener trabajo.
Ante la falta de recursos, la madre de los menores, quien asumió la custodia de los niños, solicitó de nuevo el pago por la cuota de alimentos, argumentando también quebrantos de salud.
El tribunal, al volver a detectar el incumplimiento en la obligación alimentaria, extendió este compromiso a otro familiar con mejor condición económica; en este caso, el tío. Según el tribunal, “la resolución establece que la cuota provisoria equivale al 125% de la canasta de crianza de menores de entre 6 y 12 años”.
Frente a la necesidad de reclamar los pagos para los alimentos, el abogado Federico Godoy afirmó que su defendida carecía de un empleo estable, razón por la cual debía ser protegido el derecho de los menores a la alimentación por medio del pago de esta mesada.
¿Qué dicen las leyes en Colombia?
En Colombia, la cuota de alimentación está regida por el Código Civil, artículos 411 al 422, donde establece que los padres deben proporcionar alimentos a sus hijos, pero también los hijos hacia sus padres y los hermanos entre sí.
La norma es clara en afirmar que también están obligados a proporcionar ayuda los abuelos a sus nietos y en casos excepcionales, los tíos.
Cabe destacar que esta responsabilidad busca garantizar la alimentación del menor, así como la protección de sus derechos.
Del mismo modo, el código de infancia y adolescencia en la ley 1098 del 2006, artículo 24, señala que los menores tienen derecho a recibir alimentos, vivienda, educación y atención médica, lo que garantiza que el niño se desarrolle de manera integral.
Por su parte, si un padre incumple la cuota por alimentos, un juez de familia puede extender esa obligación a otros miembros de la familia nuclear, con capacidad económica para cumplir con la normativa.











