El Consejo de Estado ordenó suspender de manera provisional el Decreto 0639 de 2024, con el que el presidente Gustavo Petro y su gabinete buscaban convocar una consulta popular.
La decisión se da como respuesta a una demanda presentada por 12 congresistas, entre ellos el presidente del Senado, Efraín Cepeda, y los legisladores Nadia Blel, Carlos Motoa y Lorena Ríos.
La Sección Quinta del alto tribunal asumió el caso tras considerar que el decreto tiene un carácter electoral, que se relaciona con un mecanismo de participación ciudadana impulsado desde el Ejecutivo. Al analizar la solicitud, el Consejo de Estado aceptó imponer una medida cautelar que frena, por ahora, la ejecución del decreto.
Uno de los puntos clave en la decisión judicial fue la ausencia de un requisito esencial: el concepto previo y favorable del Senado de la República. Según el artículo 104 de la Constitución, este paso es obligatorio antes de convocar al pueblo a una decisión de trascendencia nacional. Al no haberse cumplido, la corte consideró procedente suspender los efectos del decreto.
El fallo indica que, “de acuerdo con la Constitución y las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, la falta de aval del Senado invalida temporalmente la convocatoria”.
Con esta decisión, la consulta popular queda en suspenso mientras se define la legalidad del decreto. El Consejo de Estado deberá pronunciarse en los próximos meses sobre si lo anula definitivamente o si permite su reactivación una vez se corrijan los errores de procedimiento.