Una reciente decisión judicial sobre la votación del Senado del 14 de mayo que negó la convocatoria a una consulta popular ha generado confusión y controversia en el ámbito político colombiano, luego de que el presidente Gustavo Petro afirmara que un juez ordenó repetir la votación por presunto fraude. Sin embargo, el fallo del Juzgado Sexto Civil de Bogotá no valida esa interpretación.
La decisión responde a una tutela interpuesta por la senadora María José Pizarro (Pacto Histórico), quien alegó violación del derecho al debido proceso durante el trámite del recurso de apelación que presentó tras el rechazo a la consulta popular en el Senado.
Petro afirmó que “un juez acaba de tutelar nuestro derecho a la consulta popular. Determinó que hubo fraude en el Senado y ordena repetir la votación del Senado en las próximas 48 horas”. Sin embargo, el juez no menciona la existencia de fraude ni ordena repetir la votación. En cambio, concluye que la senadora no fue notificada debidamente del resultado de su apelación, lo que constituye una violación a su derecho al debido proceso.
Esto dice el fallo de tutela
El Juzgado Sexto Civil de Bogotá resolvió amparar el derecho al debido proceso de la senador Pizarro. “Se concede la tutela por violación al debido proceso, ordenando al presidente del Senado, Efraín Cepeda, que en el término de 48 horas notifique a la senadora sobre la resolución de su apelación”. Al mencionar el término de 48 horas se refiere a que el presidente del Senado dispone de ese lapso de tiempo para resolver el recurso que es notificar debidamente a Pizarro sobre el resultado de su apelación a la consulta.
El fallo considera que efectivamente se violó el derecho de la senadora del Pacto Histórico al debido proceso porque no hubo certeza de si el resultado de la apelación fue notificado debidamente a Pizarro. “Resulta ser violatorio al debido proceso, pues de nada sirve resolver un asunto si el interesado no se entera y por ende no tiene conocimiento de lo así resuelto, por lo que se concederá la tutela”.
El 14 de mayo, el Senado rechazó por 49 votos contra 47 la propuesta del Gobierno de convocar una consulta popular. María José Pizarro apeló la decisión, pero la plenaria ratificó el resultado el 20 de mayo, con presencia de la propia congresista. Sin embargo, no quedó constancia formal de que se le hubiera notificado de forma directa, lo que llevó al fallo de tutela.
#ATENCION | Estos son los apartados del fallo de tutela del juzgado sexto civil del circuito de Bogotá, con los que el presidente Petro asegura que se debe repetir la votación en el Senado sobre la consulta popular @CaracolRadio pic.twitter.com/SrICOojuXi
— ÚltimaHoraCaracol (@UltimaHoraCR) June 7, 2025
Interpretación errónea del presidente Petro
El presidente Gustavo Petro afirmó públicamente que la justicia “determinó que hubo fraude” y que se debía repetir la votación en el Senado. Sin embargo, el fallo no respalda esa afirmación. Además, el juez aclara expresamente que no tiene competencia para decidir sobre la validez de la votación ni sobre la apelación, ni tampoco entra a valorar la legalidad de lo votado el 14 o el 20 de mayo, por lo que no hay respaldo judicial a las declaraciones del presidente Petro sobre un supuesto fraude o una orden de repetir la votación.
El presidente del Senado, Efraín Cepeda, ya notificó formalmente a la senadora Pizarro sobre el resultado del recurso, y considera que con esto se cumple la orden judicial. También se descartó una reapertura del debate legislativo sobre la consulta, ya que este ya fue votado y resuelto conforme a la ley.