La Corte Constitucional de Colombia decretó, sobre el mediodía del miércoles 24 de abril, la suspensión provisional del proceso que adelantaba el Consejo Nacional Electoral (CNE) contra el presidente Gustavo Petro, por presuntas irregularidades en la financiación de su campaña.
La decisión, tomada con una votación de 5 a 4 por parte del alto tribunal, responde a una acción de tutela presentada por el jefe de Estado, quien argumentó que el CNE no es su juez natural y que el proceso que se le quiere llevar a cabo debe ser asumido por la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, en virtud de su fuero constitucional.
Consejo de Estado había dado facultad al CNE para investigar al presidente
La corte suspendió los efectos de una decisión del Consejo de Estado del 6 de agosto de 2024, en la cual se resolvió un conflicto de competencias a favor del CNE, otorgándole facultades para investigar al otrora candidato presidencial Petro. Sin embargo, este jueves el alto tribunal consideró que el fuero especial del presidente debía prevalecer, al menos de manera provisional, mientras se estudia de fondo la tutela.
Consecuencias de la suspensión
La medida no anula el proceso de investigación, pero sí detiene temporalmente su curso, hasta que la Corte Constitucional emita un fallo definitivo sobre si procede o no el recurso interpuesto por Petro.
Según fuentes judiciales, esta suspensión busca proteger el derecho al debido proceso y al juez natural, principios fundamentales del Estado de derecho que, de acuerdo con la tutela, estarían siendo vulnerados si el CNE continúa con el expediente.
¿Irregularidades en la financiación de la campaña Petro?
El proceso investigativo contra el presidente Petro fue abierto por el CNE debido a supuestas irregularidades en la financiación de su campaña electoral. Entre las acusaciones se incluyen aportes económicos no reportados y posibles violaciones a los topes legales establecidos por la ley colombiana.
Sin embargo, la defensa del mandatario ha insistido en que, como presidente en ejercicio, solo puede ser investigado por la Comisión de Acusaciones de la Cámara, órgano designado constitucionalmente para conocer este tipo de procesos.